Medidas Antifraude

De acuerdo con el artículo 72, letra h), del RDC los sistemas de gestión y control deben disponer lo necesario para prevenir, detectar y corregir las irregularidades, incluido el fraude, y recuperar los importes pagados indebidamente, junto con los posibles intereses de demora correspondientes. Además, el artículo 125, apartado 4, letra c), especifica que los Estados miembros deben poner en marcha medidas efectivas y proporcionadas contra el fraude, teniendo en cuenta los riesgos detectados.

 

Por parte de la Viceconsejería de Empleo y Relaciones Laborales se ha implementado un sistema de lucha contra el fraude siguiendo las recomendaciones y orientaciones de la Autoridad de Gestión y la Comisión Europea.

 

Dicho sistema tiene como objeto de prevenir y detectar el fraude a través de las siguientes obligaciones:

 

  • Asegurar que existe un adecuado sistema de control interno dentro de su área de responsabilidad.
  • Asegurar la debida diligencia y la implementación de las medidas de precaución en caso de sospecha de fraude.
  • Adoptar medidas correctoras, incluidas las sanciones administrativas, según proceda.
  • Facilitar a la AG, con carácter periódico, información sobre los resultados de sus medidas de prevención del fraude.
  • Sensibilizar y ofrecer formación continua del personal propio y de los beneficiarios.

 

Dichas obligaciones se concretan en la aplicación de un procedimiento de autoevaluación para la identificación de riesgos, a través de las matrices de riesgos ex ante y ex post.

 

La Matriz de Riesgos ex ante o ex post se centra en la identificación de los riesgos potenciales con impacto significativo en la participación, selección y posterior certificación de gastos de las operaciones susceptibles de ser cofinanciadas por el FSE, así como en la definición de mecanismos (indicadores y controles) que permitan su gestión y seguimiento.

 

De acuerdo con lo anterior, el Organismo Intermedio en colaboración con los distintos órganos gestores ha complementado, la matriz ex ante por cada método de gestión utilizada en el conjunto de sus operaciones (Subvenciones, contratos o medios propios) A tal efecto se obtienen tres matrices que determinan la probabilidad de que tengan lugar los riesgos en subvenciones, en contratación y en medios propios.

 

Una vez validada la matriz ex ante, los beneficiarios deberán cumplimentar la matriz ex post durante la ejecución de las operaciones, y en todo caso junto con la solicitud de reembolso a presentar al Organismo Intermedio.

 

Con los resultados de la matriz ex post, el Organismo Intermedio crea un Informe de riesgos asociados a cada una de las operaciones objeto de cofinanciación, el cual servirá para determinar los riesgos asociado y así poder determinar los riesgos a tener en cuenta en los procesos de verificaciones.

 

Documentación: