Prevención del fraude en Castilla-La Mancha

El artículo 74, apartado 1, letra c) del Reglamento (UE) 2021/1060, establece que las Autoridades de Gestión deben poner en marcha medidas efectivas y proporcionadas contra el fraude, teniendo en cuenta los riesgos que se hayan detectado.

 

La evaluación del riesgo de fraude actúa sobre los procesos de funcionamiento ordinario del Organismo Intermedio, identificando, en primer lugar, la tipología y la probabilidad del riesgo; verificando, en segundo lugar, los controles existentes para la mitigación de la tipología y probabilidad del riesgo identificado; y, por último, estableciendo controles adicionales que aborden los aspectos no cubiertos por los controles existentes a fin de convertir en residual el impacto y la probabilidad de los riesgos identificados.

 

El Organismo Intermedio implantará un sistema de lucha contra el fraude en el Programa FSE+ 2021-2027 Castilla-La Mancha siguiendo las recomendaciones y orientaciones de la Autoridad de Gestión y la Comisión Europea, y de forma concreta de acuerdo con lo establecido en las “Instrucciones para la cumplimentación de la herramienta de evaluación de riesgo y lucha contra el fraude”.

 

Con objeto de prevenir y detectar el fraude, el Organismo Intermedio cumplirá con las siguientes obligaciones:

  • Asegurar que existe un adecuado sistema de control interno dentro de su área de responsabilidad.
  • Asegurar la debida diligencia y la implementación de las medidas de precaución en caso de sospecha de fraude.
  • Adoptar medidas correctoras, incluidas las sanciones administrativas, según proceda.
  • Facilitar a la AG, con carácter periódico, información sobre los resultados de sus medidas de prevención del fraude.
  • Sensibilizar y ofrecer formación continua del personal propio y de los beneficiarios.

 

De forma similar al periodo 2014/2020, el Organismo Intermedio y las entidades beneficiarias del programa aplicarán el procedimiento de autoevaluación para la identificación de riesgos, a través de las matrices de riesgos ex ante y ex post diseñadas por parte de la Autoridad de Gestión.

 

La Matriz de Riesgos ex ante o ex post se centra en la identificación de los riesgos potenciales con impacto significativo en la participación, selección y posterior certificación de gastos de las operaciones susceptibles de ser cofinanciadas por el FSE, así como en la definición de mecanismos (indicadores y controles) que permitan su gestión y seguimiento.