06/07/2015

NOTA INFORMATIVA: DG Coordinación de Competencias con las CCCAA y las Entidades Locales, sobre la próxima convocatoria 2015 de ayudas FEDER, destinada a entidades locales, para cofinanciar actuaciones de administración electrónica y de ciudadanos en red

En Boletín Oficial del Estado de próximas fechas, se publicará la Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueban las bases y convocatoria 2015 de ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para cofinanciar actuaciones realizadas por Entidades Locales, de Administración Electrónica y de Ciudadanos en Red durante el periodo de intervención 2007-2013.

 

¿QUÉ ACTUACIONES PUEDEN SER COFINANCIADAS?

Las actuaciones deben responder a uno de los siguientes tipos:

1) Administración y servicios públicos:

  • Implantación de Registros Electrónicos.
  • Interconexión de registros presenciales o electrónicos conforme a las normas técnicas de interoperabilidad correspondientes.
  • Creación de Servicios para el Ciudadano y Empresas, en especial los relacionados con la divulgación de la firma electrónica, el pago o la notificación electrónica.
  • Interoperabilidad entre Administraciones.
  • Desarrollo de otros servicios electrónicos públicos que formen parte de la Administración Electrónica.

 

2) Ciudadanos en Red:

  • Portales y Sedes Electrónicas, así como los distintos cauces de comunicación con el ciudadano tanto a través de redes sociales, como otros canales, directamente relacionados con el derecho del ciudadano a acceder por medios electrónicos a los servicios de las Entidades Locales.
  • Actuaciones relacionadas con el Gobierno Abierto: transparencia, open data, participación o colaboración ciudadana.
  • Para las ciudades pertenecientes en el momento de la publicación de esta convocatoria a la Red Española de Ciudades Inteligentes (RECI), actuaciones relacionadas con la implantación y desarrollo de la estrategia de Ciudad Inteligente.

   

¿QUÉ CUANTÍA TIENEN LAS AYUDAS?

Los proyectos serán cofinanciados por el FEDER, con cargo a las ayudas programadas en el Programa Operativo de Economía Basada en el Conocimiento 2007-2013, con una tasa máxima de cofinanciación del 80% del coste total elegible para Andalucía, Extremadura, Galicia, Castilla-La Mancha, Asturias, Murcia, Ceuta y Melilla.

La aportación nacional, hasta alcanzar el 100% del coste total elegible del proyecto, la efectuarán las entidades beneficiarias. Tales entidades deberán acreditar explícitamente la disponibilidad de fondos para asumir la financiación del proyecto, en el caso de que a la fecha de la publicación de esta orden no se encuentren todos los gastos pagados, así como que la aportación nacional no está financiada a su vez por cualquier otro fondo comunitario.

La ayuda FEDER de la presente convocatoria es la siguiente:

REGIONES

TOTAL

Convergencia (Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura y Galicia)

20.000.000,00 €

Phasing Out (Principado de Asturias, C.A. Ceuta, C.A. Melilla y Región de Murcia)

1.000.000,00 €

Total

21.000.000,00 €

    

 

 

 

 

 

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LAS AYUDAS?

Podrán solicitar ayudas las siguientes entidades, del ámbito territorial de las Regiones señaladas:

  1. Los Ayuntamientos de las provincias de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Extremadura, Galicia, Castilla-La Mancha, Asturias y Murcia.
  2. Las Diputaciones Provinciales de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Extremadura, Galicia, Castilla-La Mancha y, las Comunidades Autónomas Uniprovinciales de Murcia y Asturias (en el ejercicio de las competencias que corresponden a las Diputaciones Provinciales). 
  3. Las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
  4. Los Organismos Autónomos dependientes de cualquiera de las entidades señaladas anteriormente. 
  5. Cualquier otra entidad que goce de la consideración de entidad local en base a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. 
  6. Los consorcios en los que las Entidades Locales que lo constituyan tengan al menos un 50% de los votos posibles en sus órganos de decisión, que tengan la consideración de Administración Pública a efectos del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y cuyo objeto exclusivo sea, en el ámbito de las entidades locales que lo integren, el fomento de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones y de la administración electrónica, al objeto de conseguir la mejora en la prestación de los servicios a los ciudadanos y a las empresas.

 

¿QUÉ REQUISITOS DEBEN REUNIR?

Las actuaciones presentadas a cofinanciación deberán estar finalizadas a la fecha de publicación en el BOE de la Orden de convocatoria (su periodo de ejecución deberá estar comprendido entre el día 1 de enero de 2007 y el día de publicación). Éstas deberán cumplir lo establecido en la Orden y, en particular, los siguientes requisitos:

  • Que el proyecto se encuentre en funcionamiento o vaya a estarlo antes de la finalización del 2015.
  • Cumplir con los fines para los que se convocan las ayudas.
  • Que el proyecto haya supuesto una inversión mínima de 60.000 euros, impuestos no incluidos.

 

¿DURANTE QUÉ PLAZO SE PUEDEN PRESENTAR SOLICITUDES?

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden Ministerial.

  

¿DÓNDE SE DEBEN DIRIGIR LAS SOLICITUDES?

Las solicitudes se dirigirán, exclusivamente por vía electrónica, a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en los términos y condiciones que se indiquen en la Orden Ministerial.

La presente nota informativa únicamente posee carácter divulgativo, careciendo de valor jurídico alguno.

  

Fuente: Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

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