31. Otros aspectos importantes de los expedientes de contratación pública.

  • Se debe concretar en el expediente la necesidad de contratación:
  • NO es suficiente la mera mención a la competencia del órgano administrativo o a la descripción genérica del objeto del contrato.
  • Acreditación fundamentada de la existencia de una auténtica, efectiva y concreta necesidad de interés público motivadora de la tramitación de cada expediente, debiéndose otorgar especial relevancia a esta cuestión, de la que debe derivarse la necesaria constancia documental preparatoria.
  • En los procedimientos negociados debe quedar, igualmente, constancia fehaciente de las invitaciones cursadas, de su recepción y de las contestaciones dadas.
  • El precio del contrato será el idóneo atendiendo al precio general del mercado: exige que a la justificación de los expedientes de contratación se les incorpore la correspondiente memoria económica.